La Ley Concursal no evitará el descenso
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La Ley Concursal no evitará el descenso
EL CONGRESO APRUEBA LA REFORMA DE LA LEY CONCURSAL
Ya es definitivo: la Ley Concursal no evitará el descenso
En fútbol no afectará a quienes entraron en Concursal antes del 1 de agosto de 2011
El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves de forma definitiva la reforma de la Ley Concursal y con ello ha dado vía libre a la modificación que, a partir de julio de 2012, impedirá que los clubes deportivos en suspensión de pagos eviten el descenso de categoría por deudas.
AFE y LNFP pactaron que no afecte a quienes ya estaban en Concursal
Hasta ahora, a los clubes sujetos a un procedimiento concursal no se les aplicaba la sanción de descender de categoría por no pagar las deudas pendientes con la Seguridad Social, con sus deportistas o con otros acreedores. Prevalece el criterio de que su clasificación es un activo de la entidad que no debe perderse porque haría peligrar sus ingresos.
Con ese sistema, son muchos los clubes de fútbol y de otros deportes que se han acogido a la Ley Concursal, poniéndose voluntariamente en manos de un juez, para así asegurarse de que las deudas no les harían perder la categoría, mientras que los demás equipos, que aseguran destinar sus recursos al pago de deudas para no entrar precisamente en un concurso de acreedores, se sienten discriminados.
Sin embargo, esta nueva norma no afectará a los clubes de Primera y Segunda que formalizaron su entrada en Ley Concursal antes del 1 de agosto de 2011. AFE y LNFP llegaron a un pacto en este sentido gracias al acuerdo de garantías de cobro que firmaron ambas partes para que estas deudas sean saldadas.
Ya es definitivo: la Ley Concursal no evitará el descenso
En fútbol no afectará a quienes entraron en Concursal antes del 1 de agosto de 2011
El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves de forma definitiva la reforma de la Ley Concursal y con ello ha dado vía libre a la modificación que, a partir de julio de 2012, impedirá que los clubes deportivos en suspensión de pagos eviten el descenso de categoría por deudas.
AFE y LNFP pactaron que no afecte a quienes ya estaban en Concursal
Hasta ahora, a los clubes sujetos a un procedimiento concursal no se les aplicaba la sanción de descender de categoría por no pagar las deudas pendientes con la Seguridad Social, con sus deportistas o con otros acreedores. Prevalece el criterio de que su clasificación es un activo de la entidad que no debe perderse porque haría peligrar sus ingresos.
Con ese sistema, son muchos los clubes de fútbol y de otros deportes que se han acogido a la Ley Concursal, poniéndose voluntariamente en manos de un juez, para así asegurarse de que las deudas no les harían perder la categoría, mientras que los demás equipos, que aseguran destinar sus recursos al pago de deudas para no entrar precisamente en un concurso de acreedores, se sienten discriminados.
Sin embargo, esta nueva norma no afectará a los clubes de Primera y Segunda que formalizaron su entrada en Ley Concursal antes del 1 de agosto de 2011. AFE y LNFP llegaron a un pacto en este sentido gracias al acuerdo de garantías de cobro que firmaron ambas partes para que estas deudas sean saldadas.
Athmin- Administrador
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